Libertad de panorama en España: fotografiar obras en la vía pública

En España, el artículo 35.2 de la Ley de Propiedad Intelectual permite reproducir, distribuir y comunicar libremente, mediante pinturas, dibujos, fotografías y procedimientos audiovisuales, las obras situadas permanentemente en parques, calles, plazas u otras vías públicas. Es la llamada libertad de panorama.

Para periodistas y fotógrafos significa que pueden fotografiar y publicar esculturas, murales o edificios visibles desde la calle sin pedir permiso al autor. La excepción tiene límites: exige que la obra esté de forma permanente en un espacio público y no cubre los interiores ni las exposiciones temporales.

Además de los derechos de autor, pueden entrar en juego otros derechos: la propia imagen de las personas, las normas de un recinto privado o las marcas. Esta guía lo resume.

Solicitar carnet de prensa Derecho a la propia imagen

De un vistazo

Precio
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Validez
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14–18 días laborables tras el pago
Requisitos
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Verificación
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