Carnet de prensa ante la policía y las autoridades

Ante la policía, el carnet de prensa le identifica como periodista y ayuda a que los agentes entiendan su función, por ejemplo en una manifestación o un suceso. No le da derecho a cruzar un cordón ni a desobedecer órdenes: sobre el acceso a zonas acotadas deciden los agentes. Grabar a agentes no requiere autorización, aunque puede sancionarse el uso de imágenes que ponga en peligro su seguridad.

El trabajo en la calle es donde un carnet resulta más útil y donde más malentendidos surgen. Le resumimos lo que dicen la Constitución, la Ley de seguridad ciudadana, el Tribunal Constitucional y la instrucción del Ministerio del Interior, y le damos pautas prácticas.

Información general basada en fuentes oficiales; no sustituye el asesoramiento jurídico en un caso concreto.

Solicitar carnet de prensa Qué dice la ley

De un vistazo

Precio
95 € (IVA incl.), pago único
Validez
12 meses desde la emisión
Plazo
14–18 días laborables tras el pago
Requisitos
Mayor de 18 años y actividad periodística regular
Verificación
Código QR comprobable en línea
Cuota de socio
No hay